Huelga del 11 de noviembre: unos 65 € menos en nómina con el SMI
Quien secunde la huelga del 11 de noviembre pierde el salario de ese día: unos 65 € brutos con el SMI y 113 € brutos con el salario medio.
Si haces huelga el miércoles 11 de noviembre, tu empresa te descontará ese día de la nómina. Con el salario mínimo, según los cálculos de El Mundo, son 65,57 euros brutos si trabajas de lunes a viernes. Con el salario medio, 113 euros brutos (89 netos).
La huelga general está convocada por la crisis de la vivienda y cae solo 18 días antes de las elecciones generales anticipadas. Cualquier trabajador puede secundarla.
¿Por qué te descuentan el día?
El artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores recoge la huelga como causa de suspensión del contrato. Ese día no hay relación laboral activa entre tú y la empresa. Y sin trabajo no hay salario.
Es temporal. Al día siguiente vuelves a tu puesto en las mismas condiciones. El Real Decreto-ley 17/1977, que regula las relaciones de trabajo, dice que la huelga no extingue el contrato ni puede dar lugar a sanción. La excepción es que durante la huelga incurras en una falta laboral.
¿Cuánto dinero se pierde?
Depende de lo que cobres y de cuántos días a la semana trabajes. Estos son los ejemplos que recoge la fuente:
| Caso | Descuento |
|---|---|
| SMI de 2026 (1.221 € en 14 pagas), lunes a viernes | 65,57 € brutos |
| SMI de 2026, lunes a sábado | 54,64 € brutos |
| Salario medio de 2024 (29.540,26 € brutos al año) | 113 € brutos, unos 89 € netos |
El salario medio de 2024 es el último dato disponible. Son cifras orientativas. Lo que te descuenten de verdad lo verás en tu nómina.
Si quieres saber cómo está el SMI, la última petición de los sindicatos está en esta noticia sobre la subida del 7 %.
¿Qué pasa con la Seguridad Social y el paro?
Según el artículo 6 del Real Decreto-ley 17/1977, durante la huelga:
- Sigues de alta en la Seguridad Social, en una situación especial.
- No cotizáis ni tú ni la empresa por ese día.
- No tienes derecho a la prestación por desempleo.
- No tienes derecho a la prestación económica por incapacidad temporal.
¿Puede la empresa tomar represalias?
No por el hecho de secundar la huelga. La ley protege este derecho y evita que la empresa pueda tomar represalias. Solo cabe sanción si durante la huelga cometes una falta laboral.
Lo que falta por saber
El texto de El Mundo no detalla quién convoca la huelga ni sus servicios mínimos. Tampoco aclara cómo calcula cada empresa el valor del día. Esos detalles dependen de tu convenio y de tu nómina.
Esta información es general y no tiene en cuenta tu situación personal. Ante cualquier duda, consulta la fuente oficial o el organismo correspondiente. ¿Has visto un error? Avísanos y lo corregimos.