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Hacienda

Custodia compartida: el Supremo avala mínimo por hijos y pensión

El Supremo da la razón a los padres con custodia compartida: pueden aplicar en la renta el mínimo por descendientes y la ventaja de la pensión de alimentos.

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Delegación de la Agencia Tributaria en Jerez de la Frontera
Imagen: Zarateman / Wikimedia Commons (CC0)

Si tienes custodia compartida y pagas a tus hijos una pensión de alimentos fijada por un juez, el Tribunal Supremo te permite aplicar a la vez dos beneficios del IRPF: el mínimo por descendientes y la ventaja fiscal de esa pensión. La Agencia Tributaria los consideraba incompatibles. Según publica Europa Press, el Supremo ha dado la razón a los contribuyentes.

¿Qué ha decidido el Supremo?

La sentencia 1054/2026, de 23 de septiembre, fija el criterio. La misma Sala lo ha repetido en otras tres resoluciones (1094/2026, 1106/2026 y 1107/2026), publicadas el 15 de octubre. Con varias sentencias en el mismo sentido, se considera jurisprudencia y tanto los tribunales como Hacienda tendrán que aplicarla.

Dos de los siete magistrados firmaron un voto particular a favor del criterio de Hacienda.

¿Por qué Hacienda decía que no?

Desde la reforma del IRPF de 2015, la ley establece que la ventaja fiscal de las pensiones de alimentos solo la aplican quienes no tienen derecho al mínimo por descendientes. Hacienda razonaba así: con custodia compartida ya te aplicas la mitad del mínimo por tu hijo, así que la pensión que pagas no cuenta.

El Tribunal Económico-Administrativo Central respaldó esa lectura en 2023. Desde entonces, la Agencia Tributaria ha regularizado a contribuyentes que aplicaban las dos cosas.

¿Qué argumenta ahora el tribunal?

En la custodia compartida, el hijo vive con cada progenitor solo una parte del año. El mínimo por descendientes cubre el tiempo de convivencia y la pensión cubre el tiempo en que no convive. Por eso, dice el Supremo, los dos beneficios “no se solapan”: se aplican de forma “sucesiva y no simultánea”, según la convivencia efectiva con cada progenitor.

La Sala añade dos razones más:

  • Lo contrario dejaría en peor situación a quien comparte custodia y paga pensión que a quien paga pensión y nunca convive con sus hijos.
  • Desincentivaría la custodia compartida, que el Código Civil quiere fomentar.

El caso que ha llegado al Supremo

Uno de los recursos es el de un padre de Alicante con custodia compartida por semanas alternas. Pagaba 200 euros al mes de pensión a su hija. Hacienda le reclamó unos 1.000 euros por su renta de 2017.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana anuló la liquidación. La Abogacía del Estado recurrió y el Supremo ha confirmado esa sentencia. Los otros recursos, de contribuyentes de Madrid y de la Comunidad Valenciana, han terminado igual.

¿Cuánto se puede ahorrar?

Según los cálculos de TaxDown, estos serían los resultados para un contribuyente con 35.000 euros de base liquidable y un hijo en custodia compartida:

Pensión de alimentosCuota íntegra con el criterio de HaciendaCuota íntegra con el criterio del SupremoAhorro anual aproximado
400 €/mes7.380 €6.480 €unos 900 €
200 €/mes——unos 640 €

Son cifras orientativas. Varían según la comunidad autónoma y los ingresos de cada contribuyente.

¿Qué puedes hacer si te afecta?

El criterio afecta a quien tiene custodia compartida y paga una pensión de alimentos fijada por un juez. Si en alguna renta no aplicaste las dos cosas por la postura de Hacienda, o si te regularizó por aplicarlas, conviene revisar esas declaraciones.

Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, recomienda revisar las declaraciones desde 2022 y pedir la devolución antes de que prescriban. La fuente no detalla el procedimiento ni los plazos concretos de cada ejercicio. Lo habitual es solicitar la rectificación de la autoliquidación ante la Agencia Tributaria, y conviene comprobar la fecha de cada renta antes de que se cierre el plazo.

Ten a mano la sentencia de custodia compartida, los justificantes de los pagos de la pensión y las declaraciones de los años que quieras revisar.

Para la próxima campaña, puedes repasar las novedades en nuestra guía de la declaración de la renta y las deducciones y límites clave para pagar menos IRPF.

¿Qué queda pendiente?

Hay que ver cómo aplica la Agencia Tributaria el criterio en los expedientes abiertos y en las nuevas declaraciones. De momento no hay comunicación oficial de Hacienda sobre cómo atenderá las solicitudes de devolución de ejercicios anteriores.

Esta información es general y no tiene en cuenta tu situación personal. Ante cualquier duda, consulta la fuente oficial o el organismo correspondiente. ¿Has visto un error? Avísanos y lo corregimos.

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