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Hacienda

Familia numerosa: 100 o 200 € al mes con el modelo 143

Las familias numerosas pueden cobrar 100 € al mes (200 € en categoría especial) sin esperar a la renta. Se pide con el modelo 143. Requisitos y pasos.

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Familia con hijos en casa revisando papeles
Imagen: Icsilviu / Pixabay

Si tienes familia numerosa, puedes cobrar la deducción del IRPF mes a mes en lugar de esperar a la declaración de la renta. Hacienda ingresa 100 euros al mes por cada familia numerosa, y 200 euros si es de categoría especial. Se pide con el modelo 143, por internet y sin adjuntar papeles.

Lo cuenta 20minutos. Hemos contrastado los datos con la Agencia Tributaria, que manda cuando hay diferencias.

¿Cuánto se cobra?

El pago es mensual y por transferencia. Estas son las cifras que da la Agencia Tributaria para el abono anticipado:

Tipo de familiaAbono al mesAl año (cálculo nuestro)
Numerosa de categoría general (3 o 4 hijos)100 €1.200 €
Numerosa de categoría especial (5 o más hijos)200 €2.400 €

El medio añade que, en categoría especial, la deducción sube 50 euros al mes por cada hijo por encima del mínimo de la categoría. En las páginas del modelo 143 que hemos revisado solo constan los 100 y 200 euros. Comprueba la cifra exacta al rellenar la solicitud.

El anticipo es un adelanto a cuenta. En la solicitud colectiva, el primer solicitante debe recoger en su declaración de IRPF todo el abono anticipado que ha recibido.

¿Y las familias monoparentales?

También tienen este adelanto, pero con otra deducción. Es para el ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a alimentos y por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo. El medio habla de 100 euros al mes para este caso. Esa deducción y la de familia numerosa son incompatibles entre sí.

¿Quién puede pedirlo?

No basta con tener el título. Hay que trabajar, por cuenta propia o ajena, y estar de alta en la Seguridad Social o mutualidad cotizando unos plazos mínimos. Según la Agencia Tributaria, se exige esto cada mes:

  • Jornada completa en el Régimen General: alta al menos quince días del mes.
  • Tiempo parcial: jornada de al menos el 50% de la ordinaria, en alta todo el mes.
  • Autónomos y otros regímenes especiales: alta durante quince días en el mes.
  • Paro o pensión: vale cobrar una prestación contributiva o asistencial por desempleo, o una pensión de la Seguridad Social o de Clases Pasivas, en cada mes que la percibas.

También necesitas NIF tanto los solicitantes como los titulares de la familia numerosa.

Individual o colectiva: ¿qué cambia?

Si en casa hay dos progenitores con derecho, elegís entre dos modalidades. En la individual, cada uno cobra la parte que resulte de dividir el importe entre los contribuyentes con derecho. En la colectiva, todos ceden su derecho a uno de ellos, que recibe el abono íntegro.

Un ejemplo con una pareja con tres hijos en la que trabajan los dos (es un ejemplo):

  • Individual: cada uno recibe 50 € al mes.
  • Colectiva: uno de los dos recibe 100 € al mes.

La colectiva puede ayudar a cumplir los requisitos. Los plazos de cotización se valoran de forma conjunta entre todos los solicitantes.

¿Cómo se pide?

Necesitas Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. También se puede presentar por teléfono o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Por internet:

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y busca el modelo 143.
  2. Elige el tipo de deducción (familia numerosa) y la modalidad (individual o colectiva).
  3. Pon el IBAN de una cuenta de la que sea titular quien va a cobrar.
  4. Indica el número del título de familia numerosa, el organismo que lo reconoció, la fecha de efectos y la categoría.
  5. Firma y guarda el justificante.

No tienes que adjuntar documentos. La verificación de los requisitos la hace la propia Agencia Tributaria. Esta puede pedirte justificantes si lo ve necesario. El plazo de resolución es de seis meses.

¿Hay que renovarlo cada año?

No. Solo tienes que volver a presentarlo, en enero, si quieres pasar de individual a colectiva o al revés.

Sí tienes que avisar si algo cambia, por ejemplo si pierdes el empleo o dejas de cumplir los requisitos. Tienes 15 días naturales desde que se produce el cambio.

Qué hacer ahora

Si vas a pedirlo, comprueba antes que el título de familia numerosa esté en vigor y que cumples el mínimo de cotización. Si ya lo cobras, vigila los avisos de variaciones. Más adelante tendrás que reflejar el importe cobrado en la renta. En nuestra guía de la declaración de la renta 2026 tienes las deducciones y fechas, y en el calendario fiscal 2027 los plazos del próximo año. Si tienes hijos y te interesa otra ayuda mensual, mira la tarjeta Monedero.

Esta información es general y no tiene en cuenta tu situación personal. Ante cualquier duda, consulta la fuente oficial o el organismo correspondiente. ¿Has visto un error? Avísanos y lo corregimos.

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