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Seguro de impago: lo pagaría el casero, no el inquilino
El decreto de alquiler pendiente de convalidar impide exigir al inquilino el seguro de impago. Lo pagaría el propietario y ya sube las rentas nuevas.
Todavía no es oficial. Lo que cuenta este artículo está anunciado o en tramitación, pero aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado y puede cambiar. Lo actualizaremos cuando se apruebe.
Si el decreto que reforma el alquiler sale adelante, no se podrá exigir al inquilino que pague el seguro de impago. Lo tendrá que contratar y costear el propietario, si quiere tenerlo. El texto aún está pendiente de aprobación en la Diputación Permanente del Congreso, así que todavía no es definitivo.
Según publica ABC, algunos arrendadores ya reaccionan con subidas en las rentas de los contratos nuevos. Otros prefieren no sacar la vivienda al mercado mientras dure la incertidumbre.
¿Qué cambia con el seguro de impago?
El seguro de impago cubre al propietario si el inquilino deja de pagar. Cada vez más caseros lo contratan, y en muchos casos lo repercutían al inquilino. Según el texto del decreto, tal y como lo recoge ABC:
- No se puede exigir al inquilino el seguro de impago.
- Contratarlo queda en manos del propietario.
- Además de la fianza legal, solo cabe una garantía adicional de hasta dos mensualidades en vivienda habitual.
- En los alquileres de temporada, esa garantía adicional baja a una mensualidad.
Ejemplo (cálculo nuestro, no es un caso real): con una renta de 900 € al mes en vivienda habitual, la garantía adicional máxima sería de 1.800 € (dos mensualidades). En un alquiler de temporada con la misma renta, sería de 900 €. Todo ello sin contar la fianza legal.
¿Por qué suben los alquileres nuevos?
Según la Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG), el miedo al impago pesa mucho en las decisiones de los caseros:
- El 70 % prioriza reducir riesgos de impago y conflictos jurídicos antes que ganar más rentabilidad.
- Más del 60 % ha endurecido las condiciones de acceso en el último año.
- Alrededor del 50 % ha rechazado perfiles por dudas sobre su solvencia.
- Uno de cada tres pequeños propietarios se plantea abandonar el alquiler tradicional.
Daniela Salinas, directora jurídica de SEAG, advierte de que el resultado es “un mercado cada vez más excluyente, con menos vivienda disponible”. Son datos de una organización del sector, no cifras oficiales.
Si quieres ver qué dicen otros análisis sobre el efecto de los decretos en las rentas, lo contamos en Decretos de alquiler: Fedea ve rentas más altas y menos pisos.
¿Qué seguros paga cada parte?
El reparto habitual en el seguro de hogar, según la abogada Arantxa Goenaga (ESADE y UOC):
| Propietario | Inquilino | |
|---|---|---|
| Qué asegura | Continente (estructura e instalaciones) | Contenido |
| Responsabilidad civil | Sí | Sí |
| Actos vandálicos del inquilino | Suelen incluirse aquí, con límite anual y franquicia | Suelen quedar fuera |
Goenaga recomienda que ambos seguros sean con la misma compañía y que incluyan los actos vandálicos. Añade que el seguro de impago lo contrate directamente el propietario y que su coste se puede deducir en la renta como gasto vinculado al inmueble. Es su opinión profesional, no un criterio de Hacienda.
Desde Master Mutua, su director José Manuel Sánchez Trallero avisa de que no todas las pólizas cubren los actos vandálicos del inquilino. Por eso conviene revisar límites y franquicias.
¿Cuánto cuesta un impago?
SEAG calcula que el impago supone el 96,8 % de las incidencias que gestionó en el tercer trimestre de 2026. Cada expediente cuesta de media 2.430 € al propietario. Recuperar la vivienda lleva unos 278 días.
Por comunidades, el peso del impago sobre las incidencias es este:
| Comunidad | Impago sobre incidencias |
|---|---|
| Madrid | 98,5 % |
| Andalucía y Aragón | 97,6 % |
| Cataluña | 97,0 % |
| Comunidad Valenciana | 95,7 % |
Ojo con la lectura: el porcentaje mide el peso del impago entre las incidencias gestionadas, no la tasa de impago sobre el total de contratos.
¿Qué te toca hacer?
- Si eres inquilino: por ahora nada cambia por ley. Si te piden pagar el seguro de impago, ten en cuenta que el decreto lo prohíbe, pero solo si se convalida.
- Si eres propietario: revisa tu póliza de continente y de impago, y comprueba si cubre actos vandálicos y con qué franquicia.
- Para valorar tu caso, tienes nuestra guía comprar o alquilar. Sobre otros cambios del decreto, mira la prórroga de dos años y descontar una reparación del alquiler.
¿Qué falta?
Que la Diputación Permanente del Congreso valide el decreto. Hasta entonces, las condiciones de los contratos nuevos las siguen fijando propietario e inquilino, y todo lo anterior puede cambiar.
Esta información es general y no tiene en cuenta tu situación personal. Ante cualquier duda, consulta la fuente oficial o el organismo correspondiente. ¿Has visto un error? Avísanos y lo corregimos.