ViviendaPendiente del BOE
Alquiler indefinido: España frente a Alemania y Reino Unido
El decreto de prórroga de alquileres se vota en noviembre. Así se compara con Alemania, Reino Unido, Francia, Italia y Grecia en subidas y desahucios.
Todavía no es oficial. Lo que cuenta este artículo está anunciado o en tramitación, pero aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado y puede cambiar. Lo actualizaremos cuando se apruebe.
Si eres inquilino o casero, de momento no cambia nada en tu contrato. El segundo de los dos decretos de vivienda del Gobierno, el que obliga a renovar los alquileres, solo entraría en vigor si la Diputación Permanente del Congreso lo convalida. Está previsto votarlo en noviembre y tiene pocas opciones de salir adelante.
Un análisis de ABC compara esa fórmula con la de otros países europeos. Según el diario, Alemania y Reino Unido tienen contratos indefinidos, pero dejan más margen al propietario para subir la renta y recuperar la casa.
¿Qué dice el decreto que se votará en noviembre?
Los dos decretos se publicaron en el BOE del 7 de octubre de 2026 y deben ser convalidados por la Diputación Permanente, porque las Cortes están disueltas tras convocarse elecciones. El segundo, si se convalida, entraría en vigor el 15 de noviembre de 2026.
Estas son las medidas que recoge La Moncloa:
- El preaviso del casero sube de cuatro a seis meses. El del inquilino se queda en dos.
- El casero que no quiera prorrogar el contrato tendrá que indemnizar al inquilino con, al menos, doce mensualidades de renta de un piso similar, según el sistema estatal de referencia de precios.
Según ABC, el texto obligaría además a aceptar la renovación del contrato cada cinco años, o cada siete si el arrendador es una empresa.
Ejemplo con cifras (no es un cálculo oficial): si la renta de referencia de un piso similar fuera de 900 € al mes, la indemnización mínima sería de 10.800 €.
El presidente del Gobierno reconoció que no hay mayoría suficiente para convalidar esta segunda norma. ABC añade que PP, Vox, Junts y PNV se oponen.
El otro decreto, según La Moncloa, prorroga hasta dos años los contratos de quienes están al corriente de pago y limita las subidas del alquiler.
¿Cómo se compara con otros países?
Esta es la tabla con los datos que recoge ABC:
| País | Duración del contrato | Subida de la renta | Desahucio por impago |
|---|---|---|---|
| España (decreto) | Renovación cada 5 años (7 si el casero es empresa) | Según ABC, ni siquiera permite la actualización anual | Cerca de 2 años |
| Reino Unido | Sin fecha de fin desde mayo | Cada año, hasta el precio de mercado | Unos 6 meses de media |
| Alemania | Indefinido como norma | Ligada a la renta de referencia local: límite del 20% en 3 años (15% en zonas tensionadas) | 6-12 meses en casos sencillos; puede llegar a 2 años o más |
| Francia | 3 años sin amueblar, 1 amueblada, 6 si el casero es sociedad | Revisión anual con el índice IRL; no se actualiza en viviendas con calificación F o G | Unos 2 años |
| Italia | 4+4 años (renta libre) o 3+2 (renta concertada) | Pactada; en algunas modalidades, el 75% del índice FOI | 6-12 meses |
| Grecia | Mínimo de 3 años | Pactada; sin pacto, referencia del 75% del IPC | Alrededor de 1 año |
Ejemplo con cifras (ilustrativo): ABC cuenta que, si los portales de Londres marcan una subida del 15% en una zona, el casero puede pedir esa diferencia al año siguiente. Con un alquiler de 1.000 €, serían 1.150 €. Con el decreto español, según el diario, esa actualización no sería posible.
¿Qué deja fuera la comparación?
ABC reconoce que su análisis no incluye otras limitaciones españolas. Una es la protección frente a los desahucios que recoge el primer decreto. Otra son los topes de precio en zonas tensionadas, que según el diario afectan a más de 300 municipios, entre ellos Barcelona.
El diario defiende que topes como el de Berlín han reducido la oferta y han aumentado el mercado negro. Esa es su valoración, no un dato oficial.
El Gobierno defiende lo contrario. Según Pedro Sánchez, los decretos servirán para dar tranquilidad y estabilidad a la gente. También admite que no resolverán por sí solos el problema de la vivienda.
¿Qué tienes que hacer?
Nada por ahora. Si alquilas, tu contrato sigue regido por la normativa vigente. Si se convalida el segundo decreto, los nuevos plazos y la indemnización se aplicarían desde el 15 de noviembre. Habrá que mirar entonces el texto del BOE para ver a qué contratos afecta.
Para situar el debate, puedes consultar lo que opina Fedea sobre estos decretos en nuestra noticia sobre rentas más altas y menos pisos. También tienes el caso del seguro de impago y los datos de alquileres temporales frente a los permanentes. Si dudas entre pagar alquiler o comprar, tienes la calculadora de comprar o alquilar.
¿Qué queda pendiente?
Queda la votación de la Diputación Permanente en noviembre. Si no sale adelante, el segundo decreto decaerá y no entrará en vigor. Si se convalida, lo hará el 15 de noviembre de 2026.
Esta información es general y no tiene en cuenta tu situación personal. Ante cualquier duda, consulta la fuente oficial o el organismo correspondiente. ¿Has visto un error? Avísanos y lo corregimos.